
ICE EN LA CASA
Si es indocumentado y agentes de ICE tocan la puerta:
Mantenga la calma y cierra la puerta.
Tiene el derecho de guardar silencio. Usted no necesita hablar con los agentes de inmigración o responder a las preguntas que le hagan.
Si en algún momento usted decide hablar con los agentes, usted no tiene que abrir la puerta para hacerlo.
Hable con ICE a través de la puerta.
Puede hablar con ellos por la puerta o puede salir y cerrar la puerta detrás de usted.
Pregunte si son agentes de inmigración y para qué están allí.
Solicite que le muestre una identificación a través de la ventana o mirilla.
Si le preguntan dónde nació o cómo entró a los Estados Unidos, Ud. puede negarse a contestar o puede guardar silencio.
Si usted decide guardar silencio, dígaselo en voz alta a los agentes.
Ud. puede negarse a presentar documentos de identidad que indican su país de origen.
No presente ningún documento falso y no mienta.
No permita que agentes de inmigración entren a su hogar, a menos que tengan una orden judicial con su nombre o con el nombre de una persona en su residencia y/o áreas a ser registradas en su dirección.
No abra la puerta a menos que ICE le muestre una orden judicial de registro o una orden de arresto válida y firmada por un juez.
Abra la puerta solo si le entregan una orden de arresto con su nombre.
Si su nombre y dirección están incorrectos en la orden judicial y no está firmada por un juez, no abra la puerta ni deje entrar a los agentes.
Si no tienen una orden firmada por un juez, mantenga la puerta cerrada y diga: “No consiento su entrada.”
Una orden de deportación de ICE no es igual a una orden judicial. Si la orden de deportación es el único documento que tienen, ICE no puede entrar legalmente a su casa a menos que usted de consentimiento para entrar.
Si dicen que tienen una orden, pídales que pasen la orden debajo de la puerta o poniéndola contra una ventana para que pueda inspeccionarla.
Tiene derecho a permanecer en silencio, incluso si el oficial tiene una orden judicial.
Si los agentes abren a la fuerza la puerta, no se resista.
Una orden de expulsión/deportación (formulario I-205) no permite que los agentes ingresen a una casa sin su consentimiento.
Tiene el derecho de hablar con un abogado. Si lo detienen o lo toman en custodia, usted tiene el derecho de contactar a un abogado inmediatamente.
Aunque no tenga abogado, puede decir que desea hablar con un abogado.
Si usted tiene un abogado, tiene el derecho de consultarle.
Si tiene un Formulario G-28 firmado, lo cual demuestra que usted tiene abogado, entrégueselo al agente. Si no tiene abogado, pida una lista de abogados sin costo (“pro bono”).
ICE EN EL TRABAJO
Mantenga la calma, no huya.
Si tiene miedo y siente que tiene que irse, debe caminar con calma hacia la salida.
Si lo paran, usted puede preguntar si es libre para irse. Si el agente dice que no, no intente salir del edificio o lugar de trabajo.
Si lo interrogan, usted puede responder que desea guardar silencio.
Tiene el derecho de guardar silencio.
No necesita hablar con las autoridades de inmigración, ni responder ninguna pregunta.
Si le preguntan dónde nació o cómo entró a Estados Unidos, usted puede negarse a responder o puede guardar silencio.
Si decide guardar silencio, dígaselo en voz alta a los agentes.
Si piden que se dividan en grupos según su estatus migratorio, usted no tiene que moverse, o se puede mover a un área que no esté designada para un grupo particular.
Puede demostrar una tarjeta de información de conocimiento de sus derechos al agente, la cual explica que usted está ejercitando su derecho de mantener el silencio y que desea consultar con un abogado.
Puede negarse a presentar documentos de identidad que indican su país de origen.
No presente ningún documento falso, ni mienta.
Tiene el derecho de hablar con un abogado. Si lo detienen o lo toman en custodia, tiene el derecho de contactar a un abogado inmediatamente.
Aunque no tenga abogado, puede pedir a los agentes de inmigración que desea hablar con un abogado. Si usted tiene un abogado, tiene derecho a consultarle.
Si tiene un Formulario G-28 firmado, que demuestra que usted tiene abogado, entréguele al agente. Si usted no tiene abogado, pida una lista de abogados sin costo (“pro bono”) al oficial de inmigración.
ICE EN LA CALLE
Si usted es indocumentado y agentes de ICE LE paran en la calle o en un lugar público, sepa que tiene los siguientes derechos:
Tiene el derecho de guardar silencio.
No necesita hablar con los agentes de inmigración o responder a las preguntas que le hagan.
Puede preguntar si es libre para irse. Si el oficial responde que no, usted puede ejercer el derecho de guardar silencio.
Si preguntan dónde nació o cómo entró a Estados Unidos, usted puede negarse a contestar o puede guardar silencio.
Si decide guardar silencio, dígalo en voz alta a los agentes.
Ud. puede negarse a presentar documentos de identidad que indican su país de origen.
No presente ningún documento falso, ni mienta.
Puede negarse a que lo inspeccionen. Si lo paran para interrogarlo, pero usted no es arrestado, no tiene que consentir a una inspección de su persona o de sus pertenencias, pero un agente puede registrarle si sospecha que usted porta un arma.
Tiene derecho de hablar con un abogado.
https://impactolatino.com/redadas-de-ice-aumentaron-en-nyc-estos-son-sus-derechos-en-su-lugar-de-trabajo/



























