Reiterando el compromiso de la Asamblea de garantizar que cada neoyorquino sea capaz de costear su educación universitaria, el presidente de la Asamblea, Carl Heastie, y el asambleísta Francisco Moya anunciaron la aprobación del DREAM Act (o Ley del Sueño) del estado de Nueva York.
El proyecto de ley crearía un fondo especial para avanzar las oportunidades educativas de los estudiantes inmigrantes, eliminaría los obstáculos financieros para la obtención de ayuda financiera estatal de ciertos estudiantes inmigrantes y eliminaría las barreras para los inmigrantes que desean abrir una cuenta de ahorros para costear la matrícula universitaria (A.4311, Moya).
“Para muchos neoyorquinos, el sueño de obtener una educación universitaria sería imposible sin ahorrar durante años y sin la ayuda financiera del estado”, dijo el presidente de la Asamblea Heastie.
“Por lo tanto, negar ayuda a miles de estudiantes inmigrantes que se gradúan anualmente de las escuelas secundarias de Nueva York significa negarles el acceso a la educación que necesitan para participar y contribuir a nuestra economía”.
“Durante muchos años, la Asamblea ha aprobado el DREAM Act porque sabemos de los dramáticos efectos que tendría en la vida no sólo de estos estudiantes sin voz, pero en todo Nueva York”, dijo el asambleísta Moya, autor del proyecto de ley.
“Cientos de miles de estudiantes han recibido una educación en las escuelas secundaria en Nueva York y no pueden continuar con sus estudios. Negar las herramientas necesarias para tener éxito a los estudiantes que se han esforzado es una injusticia y un perjuicio para todo el mundo”.
“El futuro del estado de Nueva York depende del éxito que logren hoy estos jóvenes”, dijo la asambleísta Deborah Glick, presidenta de la Comisión sobre la Educación Superior.
“Al negar a estos aplicados jóvenes el acceso a obtener el financiamiento para sus estudios universitarios estamos limitando seriamente el potencial de una gran población de estudiantes brillantes de Nueva York. Este proyecto de ley no es sólo sobre lo que se debe hacer correctamente sino sobre lo que es económicamente responsable”.
Bajo la propuesta, el ejecutivo y la legislatura nombrarían una comisión cuyos miembros permitirían recaudar dinero para el “fondo del sueño” o “DREAM fund” para ofrecer becas a hijos de inmigrantes para ir a la Universidad.
La comisión estaría obligada a establecer los criterios para las becas pero ni la comisión ni el fondo recibirían dinero o ayuda del estado.
Actualmente, los estudiantes indocumentados no son elegibles para ayuda financiera general, becas especiales por rendimiento académico o para las becas del programa de Asistencia de Matrícula del estado de Nueva York (TAP, sus siglas en inglés).
Bajo la propuesta de ley, los estudiantes serían elegibles para estas ayudas si:
-Asistieron a una escuela de secundaria aprobada en el estado de Nueva York por un periodo de dos o más años, se graduó de una escuela de secundaria del estado aprobada y ha solicitado ingresar en una Universidad del estado de Nueva York dentro de los 5 años de haber recibido su diploma de escuela secundaria del estado; o
-Asistió a un programa aprobado del estado de Nueva York para obtener un diploma de equivalencia de escuela secundaria del estado, recibió su diploma de equivalencia de una escuela secundaria del estado y ha solicitad ingreso a una Universidad del estado de Nueva York dentro de los cinco años de haber recibido su diploma de equivalencia de escuela secundaria del estado; o
-Son elegibles por alguna otra manera de recibir la matrícula estatal en SUNY, CUNY o colegios comunitarios, de acuerdo con sus criterios de admisión.
Se estima que de los aproximadamente 4,500 estudiantes indocumentados que se gradúan cada año de las escuelas secundarias de Nueva York, sólo el 5 y 10% puede continuar una educación universitaria debido al costo financiero.
El proyecto de ley también apoyaría a indocumentados que desean ahorrar dinero para la Universidad.
Bajo la propuesta, una persona indocumentada con un número de identificación de contribuyente podrá abrir una cuenta familiar para matrículas (‘Family tuition account’) y beneficiarse de los incentivos de impuestos a programas de matrícula del estado que califican bajo el código de rentas internas de 1986.



























