Proveedores de mano de obra deben tener una licencia del DCWP 

Proveedores de mano de obra deben tener una licencia del DCWP.

A partir de hoy, los proveedores de mano de obra en la construcción deben tener una licencia del Departamento de Protección al Consumidor y al Trabajador (DCWP), para operar en la ciudad de Nueva York.

La comisionada del DCWP, Vilda Vera Mayuga, anunció en comunicado oficial que estos proveedores, también conocidos como talleres de carrocería o agencias de trabajo temporal, son empresas que suministran trabajadores temporales a clientes externos para trabajos de construcción no sindicalizados o trabajo manual.

La ley también requiere que los proveedores de mano de obra en la construcción proporcionen a los empleados un aviso de derechos, un aviso de certificación y un aviso de asignación en un idioma que el trabajador comprenda.

La Sra. Vera Mayuga, recordó que los trabajadores temporales de la construcción a menudo son inmigrantes o personas que se reincorporan a la fuerza laboral y son vulnerables al maltrato y temen represalias por denunciar el abuso.

Desde que asumió el cargo la abogada de origen puertorriqueño le dijo a Impacto Latino que su compromiso en esta agencia es informar y llevar el mensaje a las comunidades de la ciudad de Nueva York y los inmigrantes en general sobre las protecciones que ofrecen.

“Nuestra agencia se asegura de que las empresas que emplean a estos trabajadores tengan licencia, nos informen sobre sus operaciones comerciales, mantengan registros y brinden a sus trabajadores información sobre sus derechos y responsabilidades, lo que aumentará la transparencia y la seguridad en la industria”, dijo la comisionada del DCWP.

Información para los proveedores

Licencia

Las empresas que proporcionan trabajadores temporales a los clientes para realizar trabajos de construcción o trabajo manual en los sitios de trabajo de la ciudad de Nueva York a cambio de una compensación ahora deben tener una licencia de proveedor de mano de obra de construcción del DCWP.

Las empresas pueden obtener más información sobre los requisitos y regulaciones de licencias en nyc.gov/BusinessToolbox o llamando al 311.

Los siguientes NO necesitan una licencia de proveedor de mano de obra de la construcción:

- Agencia de Empleo

- Organización profesional de empleadores

- Contratista general

- Subcontratista de construcción (como se define en la Sección 20-564 del Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York)

Divulgaciones Obligatorias a los Trabajadores

Los proveedores de mano de obra para la construcción también deben proporcionar las siguientes divulgaciones por escrito a los trabajadores y obtener declaraciones firmadas por cada trabajador que indiquen que recibieron, leyeron y entendieron todos los avisos obligatorios.

El DCWP recomienda a los trabajadores que no deben firmar estos avisos a menos que hayan recibido el aviso completo en inglés y en su idioma principal. Estos derechos se aplican independientemente del estado migratorio y los antecedentes penales.

Aviso de Certificación

Este aviso le informa sobre las certificaciones, capacitaciones u otras designaciones que necesita hacer el trabajo, el costo y si el proveedor de mano de obra de construcción pagará. Debe recibir este aviso antes de ser contratado.

Aviso de Derechos

Este aviso revela protecciones clave para los trabajadores, incluidas las licencias seguras y por enfermedad, trabajo saludable salario mínimo y horas extras; compensación de trabajadores; desempleo seguro; lugar de trabajo libre de discriminación y sin represalias.

Debe recibir este aviso cuando eres contratado.

Nota de encargo

Este aviso le informa sobre la asignación de trabajo, cualquier equipo o ropa de protección que necesita para la asignación, los salarios y beneficios. Debe recibir este aviso antes va a un nuevo sitio de construcción excepto en ciertas circunstancias limitadas.

Los trabajadores que no reciben las divulgaciones obligatorias, que creen que su empleador no tiene licencia o que creen que se han violado sus derechos deben llamar al 311 o visitar nyc.gov/workers para presentar una queja.

Una descripción general de los derechos también está disponible en el sitio web de DCWP.

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