Aprueban Ley de Protección Climática y de Comunidades del Estado de Nueva York

Fotografía de archivo con fecha del 10 de marzo del 2017 que muestra el humo emitido por una planta energética en Nueva York.
Fotografía de archivo con fecha del 10 de marzo del 2017 que muestra el humo emitido por una planta energética en Nueva York.

 

El Presidente de la Asamblea, Carl Heastie, y el presidente del Comité de Conservación Ambiental, Steve Englebright, anunciaron que la Asamblea aprobó la Ley para la Protección Climática y de Comunidades del Estado de Nueva York para abordar y mitigar los impactos del cambio de clima en Nueva York (A.8270-A, Englebright).

“El cambio climático ya está teniendo efectos adversos en las comunidades de Nueva York, muchas de las cuales ya son vulnerables”, dijo el presidente de la Asamblea Heastie. “Esta legislación ayudará a hacer de Nueva York un líder en políticas ambientales y asegurar que nos enfocamos en desarrollar alternativas energéticas más verdes y prácticas sostenibles”, añadió.

“Los neoyorquinos dependen de nosotros para actuar y ayudar a prevenir y mitigar los efectos del cambio climático”, dijo el asambleísta Englebright.  “A medida que el gobierno federal amenaza con poner en peligro el progreso que hemos logrado, Nueva York debe hacer todo lo que esté a nuestro alcance para reducir nuestras emisiones de gases del efecto invernadero y ayudar a reducir la tasa de cambio climático para asegurar el mejor resultado posible para la salud pública, el medio ambiente y el bienestar económico”.

El proyecto de ley establecería el Consejo de Acción Climática del Estado de Nueva York compuesto por 25 miembros, incluyendo agencias estatales e individuos con experiencia en temas ambientales, justicia ambiental, trabajo e industrias reguladas.

Bajo la legislación, el Departamento de Conservación Ambiental (DEC, en inglés) estaría obligado a establecer:

• requisitos para la notificación de gases de efecto invernadero;

• límites estatales de emisiones de gases de efecto invernadero;

• un plan de alcance, desarrollado en consulta con el Consejo de Acción Climática del Estado de Nueva York, el Grupo Asesor de Justicia Ambiental, el Grupo de Trabajo sobre Justicia Climática y otras partes interesadas, describiendo las recomendaciones de DEC para alcanzar los límites estatales de emisiones de gases de efecto invernadero;

• regulaciones para lograr reducciones a nivel estatal de emisiones de gases de efecto invernadero;

• un informe, al menos cada cuatro años, que incluya recomendaciones sobre la aplicación de las medidas de reducción de los gases de efecto invernadero; y

• un informe sobre las barreras y oportunidades para la propiedad comunitaria de servicios y productos básicos en comunidades desfavorecidas, incluyendo la generación de distribución de energía renovable, la eficiencia energética, las inversiones en meteorización y las opciones de transporte sin emisiones y de bajas emisiones.

La ley también establecería un Grupo de Trabajo sobre Justicia Climática compuesto por representantes de comunidades de justicia ambiental, DEC y los Departamentos de Salud y Trabajo para identificar a las comunidades desfavorecidas con fines de reducción de emisiones de contaminantes y gases de efecto invernadero y la asignación de ciertas inversiones.

Los organismos estatales también tendrían que evaluar y aplicar las estrategias para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero, y cuando otorguen  permisos, licencias u otras aprobaciones y decisiones administrativas para considerar su impacto en el logro de los límites estatales de emisión de gases de efecto invernadero.

En virtud del proyecto de ley, el 50 por ciento de la generación eléctrica garantizada por entidades de servicio de carga reguladas por la Comisión de Servicio Público, la Autoridad de Energía del Estado de Nueva York y la Autoridad de Energía de Long Island serían producidos por sistemas de energía renovable para 2030. El proyecto de ley también define los sistemas de energía renovable.

Compartir
[fbcomments]